Las calles colombianas ya no son compartidas únicamente por carros, motocicletas y bicicletas. En los últimos años, patinetas eléctricas, monopatines y otros vehículos de movilidad personal han ganado espacio como alternativa de transporte urbano, generando nuevos retos para la seguridad vial y la convivencia entre quienes utilizan diariamente las vías del país. Frente a este crecimiento, el Ministerio de Transporte expidió una nueva reglamentación que establece requisitos técnicos para este tipo de vehículos y busca dar mayor claridad sobre su identificación y comercialización.
Para los motociclistas, la medida representa un avance importante. Aunque la resolución no modifica las normas que regulan la conducción de motocicletas, sí establece controles sobre un segmento que comparte cada vez más espacio en las calles y que hasta ahora operaba con criterios poco uniformes. La intención del Gobierno es que todos los actores de la movilidad cuenten con reglas más claras, facilitando tanto el control por parte de las autoridades como la convivencia en los corredores urbanos.
Un mercado que creció más rápido que la regulación
El auge de la micromovilidad ha transformado la manera de desplazarse en muchas ciudades colombianas. Patinetas eléctricas, scooters y otros vehículos livianos se utilizan para recorridos cortos, conexiones con el transporte público e incluso actividades laborales.
Sin embargo, ese crecimiento también ha generado dudas sobre las características técnicas que deben cumplir estos vehículos, la información que deben suministrar sus fabricantes y la manera en que pueden ser identificados por las autoridades.
Con la nueva resolución, el Ministerio desarrolla varios aspectos de la Ley 2486 de 2025 y establece un marco técnico que busca unificar criterios para la fabricación, importación y comercialización de estos vehículos en Colombia.
Cada vehículo deberá estar plenamente identificado
Uno de los cambios más importantes consiste en la incorporación obligatoria de una lámina permanente de identificación.
Esta deberá instalarse en un lugar visible del vehículo y contener información técnica que permita conocer sus características principales sin necesidad de realizar verificaciones adicionales.
Entre los datos exigidos se encuentran el fabricante, modelo, número de serie, año de fabricación, potencia nominal del motor eléctrico, masa, peso y velocidad máxima de construcción, información que facilitará las labores de inspección y permitirá distinguir los vehículos que cumplen con las especificaciones técnicas establecidas por la normativa colombiana.
Mayor control para fabricantes e importadores
La resolución no está dirigida únicamente a los usuarios. También establece responsabilidades para fabricantes, ensambladores, importadores y comercializadores, quienes deberán garantizar que los vehículos lleguen al mercado con la información técnica correspondiente y bajo los estándares definidos por el Ministerio.
Con ello se busca evitar la comercialización de vehículos modificados o con especificaciones que no correspondan a las condiciones reales del producto, ofreciendo además mayor transparencia para quienes decidan adquirir este tipo de medios de transporte.
¿Por qué esta norma también interesa a los motociclistas?
Aunque la regulación está enfocada en la micromovilidad, su impacto va mucho más allá de quienes utilizan una patineta eléctrica.
En ciudades como Bogotá, Medellín, Cali, Bucaramanga o Barranquilla es cada vez más frecuente que motociclistas compartan carriles e intersecciones con vehículos eléctricos livianos. La ausencia de criterios técnicos claros dificultaba la labor de las autoridades y generaba incertidumbre sobre las condiciones en las que muchos de estos vehículos circulaban.
Con la nueva reglamentación se espera avanzar hacia una movilidad más organizada, donde exista mayor trazabilidad sobre los vehículos que ingresan al mercado y se reduzca la informalidad en este segmento.
Para los motociclistas, esto significa compartir la vía con vehículos que deberán cumplir requisitos mínimos de identificación y fabricación, favoreciendo una convivencia más segura entre todos los usuarios.
Un primer paso hacia una regulación más completa
La resolución constituye uno de los primeros desarrollos técnicos derivados de la Ley 2486 de 2025 y deja abierta la puerta para futuras disposiciones relacionadas con la operación de la micromovilidad en Colombia.
A medida que estos vehículos continúan ganando presencia en las ciudades, el desafío será encontrar un equilibrio entre la innovación, la movilidad sostenible y la seguridad vial. Para quienes se desplazan diariamente en motocicleta, cualquier avance que contribuya a ordenar el uso del espacio público y fortalecer el control sobre todos los actores de la vía representa un paso importante hacia una movilidad más segura y predecible para todos.
Fuente por: Ministerio de Transporte

Título: Mundo Motero News.
Numeración de edición: Primera V.1.0
Mes-Año: 05-2022
País: Colombia.
Formato: Recurso Electrónico en Línea.
Periodicidad: Diaria
Editor de la Publicación: Grupo Impricol SAS.
ISSN : 2805-9700
Fecha y Hora :
