Fotografías por: Univalle

Dejar un vehículo en un parqueadero implica una relación de responsabilidad entre el establecimiento y el propietario. Si durante ese tiempo el carro o la motocicleta sufren daños, el usuario puede exigir una reparación, siempre que se demuestre que el perjuicio ocurrió mientras el vehículo estaba bajo custodia del parqueadero.

Aunque muchas personas creen que los avisos con frases como «No respondemos por daños o pérdidas» eximen de responsabilidad a los parqueaderos, la legislación colombiana establece que estos establecimientos tienen el deber de custodiar los vehículos que reciben y responder cuando exista un incumplimiento de esa obligación.

La responsabilidad del parqueadero

Al ingresar un carro o una motocicleta a un parqueadero y recibir un tiquete o comprobante de ingreso, se configura una relación contractual de depósito. Esto significa que el establecimiento asume la obligación de conservar el vehículo en las mismas condiciones en las que fue recibido.

Si durante ese tiempo se presentan rayones, golpes, daños en accesorios o incluso el hurto del vehículo o de alguna de sus partes por fallas en la custodia, el propietario puede reclamar la correspondiente indemnización.

¿Qué debe hacer si encuentra un daño?

La recomendación es reportar la novedad antes de retirar el vehículo del parqueadero. También es importante tomar fotografías, solicitar un informe de lo ocurrido y conservar el tiquete o comprobante de ingreso, ya que estos documentos pueden servir como prueba en caso de presentar una reclamación.

Si el establecimiento se niega a responder y existen evidencias de que el daño ocurrió mientras el vehículo permanecía bajo su cuidado, el usuario podrá acudir a los mecanismos legales previstos para la protección de sus derechos como consumidor.

Los avisos no eliminan las obligaciones

La presencia de carteles indicando que el parqueadero «no responde por daños» no significa que el establecimiento quede automáticamente libre de responsabilidad. Cada caso debe analizarse según las circunstancias y las pruebas disponibles.

Las autoridades y la jurisprudencia han reiterado que un parqueadero no puede desconocer las obligaciones derivadas de la custodia del vehículo mediante un simple aviso informativo.

También aplica para motocicletas

Aunque la mayoría de reclamaciones suelen relacionarse con automóviles, estas mismas reglas también cobijan a las motocicletas que ingresan a parqueaderos públicos o privados que prestan el servicio de custodia.

Por ello, antes de abandonar el lugar, es recomendable revisar el estado general de la moto, verificar que no falten accesorios y reportar cualquier anomalía de inmediato. Actuar oportunamente facilita el proceso de reclamación y protege los derechos del propietario.

Fuente por: Revista Turbo



Título: Mundo Motero News.
Numeración de edición: Primera V.1.0
Mes-Año: 05-2022
País: Colombia.
Formato: Recurso Electrónico en Línea.
Periodicidad: Diaria
Editor de la Publicación: Grupo Impricol SAS.
ISSN : 2805-9700
Fecha y Hora :


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