Fotografía por: El Olfato

Nueva regla en la vía y ojo con las sanciones. El Gobierno de Colombia estableció en 16 años la edad mínima para conducir motocicletas eléctricas en el país, una medida que busca frenar riesgos en medio del crecimiento de estos vehículos.

La decisión quedó definida en la Ley 2486 de 2025 y aplica para motos eléctricas que pueden superar los 25 km/h, donde las autoridades consideran que los menores no tienen la experiencia suficiente para interactuar con el tráfico.

Para quienes tienen entre 12 y 16 años, la norma es clara: solo podrán usar vehículos de baja potencia como patinetas, bajo condiciones estrictas.
Nada de vías principales, circulación únicamente por ciclorrutas y siempre bajo supervisión de un adulto.

Pero ojo, porque incumplir la norma no es menor. Las autoridades podrán inmovilizar el vehículo de inmediato y los padres o responsables asumirán multas económicas.

El mensaje es directo: más control para una movilidad que sigue creciendo.
Las motos eléctricas avanzan, pero ahora con reglas claras para evitar accidentes y mejorar la seguridad en las vías del país.

Fuente por: El Olfato



Título: Mundo Motero News.
Numeración de edición: Primera V.1.0
Mes-Año: 05-2022
País: Colombia.
Formato: Recurso Electrónico en Línea.
Periodicidad: Diaria
Editor de la Publicación: Grupo Impricol SAS.
ISSN : 2805-9700
Fecha y Hora :


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