Desde el Ministerio de Transporte se han anunciado cambios en las condiciones para la circulación y venta de motocicletas de cara a 2025.

¿Por qué habrá cambios y nuevas reglas para las motos en Colombia?

Según el Ministerio de Transporte, esto se da ante la alta tasa de accidentalidad que les obliga a modificar la tasa de cobros en el SOAT tras la negociación con el gremio de ‘moteros’ que realizaron protestas la semana anterior.

¿Las motos deben contar con SOAT?

Sí. El SOAT sigue siendo de carácter obligatorio para las motos y su ausencia es causal de multas. No obstante, antes los problemas recientes de su renovación, hay un periodo de gracia mientras estos se solucionan.

¿Qué modelos de motos son las que tendrán nuevas reglas?

Según la revista ‘Motor‘, aplica para “motos con cilindrajes de entre 50 cm3 y 150 cm3 o potencias de entre 4 y 11 kW (5,3 y 14,7 caballos de fuerza, respectivamente) deberán equiparse con el sistema de frenos ABS o CBS”.

¿Cuáles sistemas deberán tener las motos para poder circular con permiso?

“Motos con cilindrajes desde 50 cms3 y con potencias entre 4 y 11 kW (en caso de las eléctricas). Solo las que tengan una velocidad máxima de 25 km/h estarán exentas”.

Además, a las motoso de 150 cm3 o potencia superior a los 11 kW se les pedirá el sistema de frenado ABS.

¿Cuándo entra en vigencia esta nueva regla para las motos?

Esto empezará en 2025, pero “durante los primeros 12 meses, desde que empiece a regir la resolución (de MinTransporte), se podrán comercializar en Colombia motos sin esos sistemas.

Fuente: Min. Transporte/ Marca Claro.



Título: Mundo Motero News.
Numeración de edición: Primera V.1.0
Mes-Año: 05-2022
País: Colombia.
Formato: Recurso Electrónico en Línea.
Periodicidad: Diaria
Editor de la Publicación: Grupo Impricol SAS.
ISSN : 2805-9700
Fecha y Hora :


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